Esta rama de derecho publico se puede simplificar en la relación de la Administración Pública con los ciudadanos o personas, sean físicas o jurídicas (como las asociaciones), aunque en la teoría y la práctica esta afirmación queda un poco corta, no la desvirtúa como un punto de partida efectivo para entender un poco el derecho administrativo.
Cuando mencionamos la relación de la Administración Pública, no solo se dirige a ciudadanos, sino al organización de esta, a las actuaciones entre las mismas instituciones de la Administración Pública, tomando esto no solo a nivel de Poder Ejecutivo (entre ministerios por ejemplo), sino con cualquier otro supremo poder (Legislativo, Judicial o Elecciones) cuando estos estén realizando actividad administrativa y sin dejar de lado los entes descentralizados; por lo cual vamos a tener un campo de acción muy amplio tomando en consideración lo complejo del aparato estatal, pero ¿Que es actividad administrativa?
Podríamos, de forma superficial que está la actividad interna, la cual es cuando la administración actúa dirigida hacia ella misma, por ejemplo cuando a un funcionario público, se le apertura un órgano disciplinario con el fin de determinar la verdad real de los hechos por una situación suscitada, buscando si se debe endilgar responsabilidad, un procedimiento de despido, un proceso de re asignación o diferencias salariales; entre otros
Luego tendríamos la actividad externa, donde participa la ciudadanía, por medio de personas físicas o jurídicas, se podría resumir en las actividades, actos, actuaciones, procedimiento que realizan las entes u órgano público con base en sus competencias para la consecución de sus fines públicos, por ejemplo, las contrataciones públicas que realiza el Ministerio de Obras Públicas y Transportes para dar mantenimiento a una calle, el estudio que realiza una corporación municipal al solicitarle un permiso de construcción o la contratación pública que realiza el poder judicial para albergar un juzgado; no debe confundirse con la actividad sustantiva de los supremos poderes ajenos al Ejecutivo; ejemplo en término de elecciones, aplica el Derecho Electoral rama del Derecho Público.
Sin embargo, en su actividad administrativa, el Estado y sus componentes, pueden llegar a tener diferencias con las personas sean físicas o jurídicas de la sociedad, esto a raíz de imposición de procedimientos administrativos, denegatorias a solicitudes, silencios a solicitudes, arbitrariedades normativas, entre otros, debiéndose revisar, impugnar, corregir, cesar o contrarrestar los actos o actuaciones administrativas; las cuales para su debido ejercicio deben cumplir una serie de principios y normas atinentes con el fin de que sean perfectas; debiéndose operar sea en sede administrativa por medio de sus jerarquías (propias o impropias) o a nivel judicial con tal de buscar la revisión o resarcimiento por responsabilidad administrativa.
En JuridicosNavarro conocemos la realidad de esta maraña conceptual, por lo que ponemos a su disposición el conocimiento y la dedicación necesaria para atender la situación que le esté afectado o inclusive si solo necesita una guía y asesoría para la consecución de un objetivo especifico, será un placer colaborar.